Noticia nueve:
No obstante, en los últimos años la gran mayoría de países ha optado por dar libertad de elección
Esto según el Artículo 109: Si la filiación está determinada por ambas líneas, el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden de transmisión de su respectivo primer apellido, antes de la inscripción registral. Si no se ejercita esta opción, regirá lo dispuesto en la ley. El orden de apellidos inscrito para el mayor de los hijos regirá en las inscripciones de nacimiento posteriores de sus hermanos del mismo vínculo.
Además de España, el único país que se aparta de la norma general es Portugal, donde se utilizan los dos apellidos , primero el de la madre y luego el del padre, aunque a la siguiente generación sólo se transmite el segundo, el del padre.
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